La nueva ley, aprobada el año 2018 en España, tiene como objetivo reducir el consumo de bolsas de plástico con la finalidad de prevenir y reducir el impacto Ambiental.
Desde el 1 de enero de 2021 solo se podrá comercializar bolsas de plástico con un contenido igual o mayor del 50% de material reciclado con un espesor igual o mayor de 50µm (G200).
Todas aquellas bolsas con un espesor inferior a 50µm (G200), deberá ser en material compostable (bio) según la norma Europea EN 13432 : 2000.
¿En qué consiste la nueva normativa sobre el uso de bolsas de plástico en comercios 2021?
La nueva normativa establece que solo se podrán ofrecer en los comercios bolsas con un inferior a 50µm (G200) de material compostables (bio), es decir, aquellas que puedan degradarse biológicamente.
Las bolsas compostables muy ligeras (de menos de 15 µm/G60) podrán seguir entregándose de forma gratuita que se usan por razones de higiene o como envase para productos alimentarios a granel (fruta, cereales, pescado, etc.). Sin embargo, las que se encuentren entre 15 y 49 micras de espesor se cobrarán al consumidor.
Bolsas con un espesor inferior a 50µm (G200)
Tipo:
Bolsa secciones, block, mercado, línea de caja, bolsa panadería
Material:
Solamente material compostable (EN13432 : 2000)
Bolsas con un espesor igual o mayor 50µm (G200)
Tipo:
Bolsa línea de caja, bolsa de tienda, bolsa entrega a domicilio
Material:
Igual o mayor del 50% de material reciclado
Según la ley “los comerciantes tienen la obligación de cobrar al consumidor las bolsas de plástico de más de 15 micras/G60 (excepto aquellas con al menos un 70% de plástico reciclado).
El precio, además, debe estar reflejado en el ticket de compra y en el establecimiento debe aparecer un cartel que informe sobre el cobro de las bolsas.
Asimismo, también está prohibido la entrega de bolsas de plásticos fragmentables, y desde la misma fecha, todas aquellas bolsas con un espesor igual o superior a 50µm (G200) deben contener un porcentaje mínimo de 50% de plástico reciclado.
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